La gravedad de los hechos la marcará lo que cueste la reposición en tiempo y dinero. Las multas oscilan entre los 100 euros (la mínima para las leves), y los 100.000 (la máxima para las graves).
No se han comunicado los detalles del expediente remitido por el Seprona a la Conselleria, pero con solo acceder a la pista se puede comprobar que, como recoge la Ley de Montes en su artículo 68, los daños causados se ajustan a lo establecido tanto para las infracciones graves como para las leves, la diferencia la marcará lo que cueste la reposición en tiempo y dinero. Las multas, por tanto, oscilarán entre los 100 euros (la mínima para las leves), y los 100.000 (la máxima para las graves). @elperiodicomediterraneo
El tío hasta taló varios árboles…