
Esto es lo que dice la ley:
Según la Ley 16/2009, de servicios de pago, y el Real Decreto-ley 19/2018, de servicios de pago y otras medidas urgentes financieras, en su artículo 3.4, se establece que: “El beneficiario no podrá aplicar cargos adicionales por el uso de un instrumento de pago específico.”
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Por esta acción el referee expulsó (roja directa) a André Orellana.
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— Rodolfo (@fitomoca30) September 17, 2023