Enviado por Nejo.
«La conducta por la que se ha condenado al acusado como autor de un delito de abuso sеxual ha quedado destipificada» -> Esto NO ES INTERPRETABLE.
El auto judicial ha subrayado que en la medida en que la menor «manifestó terminantemente que las relaciones sexuales habidas con el acusado fueron consentidas (aunque a cambio de precio, lo que incardinaría los hechos en el delito de corrupción de menores por el que también viene condenado), la conducta no es constitutiva de delito en la actualidad, lo que comporta la absolución del acusado por el delito de abuso sexual». Y esto, señores, no es interpretable. La reforma lo ampara. @elindependiente
Es encomiable ver cómo los creyentes en chorradas de estas no son capaces ni de respetar las “leyes” de su propia creencia estúpida 😀
“Tardes +14”
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Pero es una chorprecha que una chica de 16 esté limpiando sables en medio de la pista…