La nueva instrucción viene a solventar este problema al diferenciar con claridad el estacionamiento, una maniobra regulada por el Reglamento General de Circulación, y la acampada, actividad regulada por la normativa de Turismo.
Básicamente, si el vehículo está con el motor parado y en contacto con el suelo únicamente a través de las ruedas (no utiliza patas estabilizadoras ni cualquier otro artilugio de apoyo), no ocupa más superficie que la que invade cuando está cerrado y no emite fluidos ni ruidos al exterior, está estacionado. @infobae
Vamos a ver muchas autocaravanas “estacionadas”.