[…] El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el decreto que regula el trabajo de los repartidores de las plataformas digitales, la conocida popularmente como ley de ‘riders’. Las empresas de reparto a domicilio tendrán tres meses desde la publicación en el BOE para regularizar la situación de estos trabajadores.
Con el nuevo texto, los llamados ‘riders’ serán considerados asalariados y no autónomos, lo que afectará a unos 18.000 repartidores que trabajan para las plataformas digitales, según los cálculos del Ministerio de Trabajo. La patronal de las empresas tecnológicas ADigital calcula que había unos 15.300 riders en España antes de la irrupción de la pandemia.
En la práctica, esto se traduce en que la empresa tendrá que hacerse cargo de las cotizaciones sociales, así que los repartidores no tendrán que abonar la cuota de autónomos, y podrán disfrutar de mayores derechos laborales, como vacaciones, bajas por enfermedad, prestación por desempleo… […] @Huffpost.