El sindicato, señala el Defensor, considera que “esta limitación podría constituir una vulneración del principio de igualdad y no discriminación, consagrado en el artículo 14 de la Constitución Española y en la Ley Integral para la Igualdad de Trato y no Discriminación de 15/2022”, así como diversas resoluciones y recomendaciones de organismos internacionales, como la Organización Mundial de la Salud y la Organización Internacional del Trabajo. @eldiario