Indicó en la comunicación que “es a eso que a lo que nos dedicamos, desconociendo el contenido de lo que hay en dichos contenedores que vaya más allá de lo que los exportadores o importadores declaran en sus facturas comerciales de venta y packing list, que es con lo que se efectúa el despacho aduanal”.
Armengou Martín Niclós apunta que “nos limitamos a reservar el contenedor a la línea naviera para que en la fecha acordada disponga el equipo para que el exportador cargue mercancía, la lleve a puerto de embarque, se efectúe la declaración de aduana según la información facilitada por el exportador (factura comercial y packing list), y una vez realizada se cargue en el buque hasta destino final, y a la llegada la misma operación, aduana en destino, y entrega al importador de la misma”. @elnuevodiario