En este caso, el conductor se enfrenta a un delito contra la Seguridad Vial especificado en el artículo 379 del Código Penal: “será castigado el que condujere un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas” con “la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”. @20minutos