En la sentencia, la magistrada ha aclarado que “en los delitos de violencia de género no es necesaria la denuncia de la víctima, debiéndose castigar una vez que se tiene conocimiento de su comisión”. “Basta con el simple hecho de la retransmisión en directo de la bofetada para que los poderes públicos desplieguen el ámbito de protección de la víctima, con independencia de que ella se reconozca como tal”, ha recordado. @diariodecastillayleon
Lo curioso es que ella no le quería denunciar. Pues ahora va a tener que estar 3 años separada de él por obligación, so pena de quebrantar la orden de alejamiento.