Los contribuyentes afectados deberán declarar estos espectáculos que hagan en España a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
Si son residentes de otros estados de la UE o pertenecientes al Espacio Económico Europeo, el tipo general aplicable será del 19%. Tendrán dicha consideración actores de cine o teatro, músicos o DJ cuando incorporen un elemento de diversión o espectáculo. @eleconomista