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Creo que por ahí pueden ir los tiros. Aquí lo explica esta simpática muchacha:
Enviado por ElpoLicía:
Buenos días, Fino. Te adjunto un vídeo que está empezando a rular por redes.
Situación: fiesta ilegal en un piso. Vecinos llaman a la policía. La policía se persona y llama al timbre. Y aquí el error de las personas de dentro del piso… abrir la boca. Si no hubieran abierto la boca, se identificaría al propietario de la vivienda y se le sancionaría por Ordenanza Municipal de contaminación acústica y por desobediencia. Al abrir la boca, se puede certificar que hay alguien dentro. Cuando interactúas con esa persona, en calidad de Agente de la Autoridad, le solicitas que se identifique. Si esa persona se niega a identificarse, de forma reiterada y flagrante, estaríamos ante un delito de desobediencia, y se consideraría flagrante al estar cometiéndose en ese mismo momento. Y nuestra Constitución, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la LO de Protección de la Seguridad Ciudadana nos autoriza a la entrada en domicilios privados en caso de flagrante delito.
He visto el auto y el juez de instrucción determina que la detención de la chica es legal, y tumba la solicitud de Habeas Corpus que había efectuado. Cabrá ver si declara la entrada legal, que no habla de tal asunto, pero me da que cumple todos los requisitos legales.
Y ya sabéis, si la policía os pide el DNI dádselo. La multa te llegará, o no, y ya. No te la juegues a incurrir en un delito de desobediencia, porque la tontería te puede hacer sentarte aunte un Juez.
Te saluda, Elpo Licia que mea sentado.
Se ha filtrado esto por Twitter:
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Es un crossover de este vídeo de Daniellabelle1.
@Davidpareja enviado por Naish.