Un plan perfecto, sin fisuras…
QUE NO ES CÉSPED. Como tiene que oler eso, virgen santa…
Resumen: la actividad principal del cine es exponer películas y cobrar entradas para ello. Si permiten comer mientras ves la película (venden comida), puedes meter comida de fuera. Si no permiten comer, no puedes meter comida.
Además según el artículo 82 de la Ley General para la defensa de los consumidores se considera una clausula abusiva el precio muy por encima del de mercado de los productos del cine, por lo que es ilegal que te prohíban meter comida de fuera:
“Artículo 82
1. Se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquéllas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.”
Como cuando estás en un festi y te cobran 3 o 4 pavos por una botella de agua… ¿Aquí también aplicaría lo de los cines?