La novedad tiene que ver con una orden ministerial que modifica el control metrológico de estos aparatos y provoca que cambie su homologación. Hasta hace poco los radares, daba igual fijos o móviles, seguían la normal del 5 y del 7 para determinar cuándo hay sanción. Es decir, en mediciones inferiores a 100 km/h, +/- 5 km/h los radares fijos y +/- 7 km/h los móviles instalados en un vehículo; y en mediciones superiores a 100 km/h, +/- 5 km/h o +/- 7%.
En el caso del primero, el margen para los radares fijos de instalación estática en mediciones inferiores de 100 km/h es de 3 km/h, mientras que en las superiores se sitúa en el 3%. Por su parte, los radares móviles pasarán a tener un error máximo de 5 km/h para las mediciones que no excedan los 100 km/h y de un 5% para situaciones en las que se superen. @elplural